Un delito de depravación moral generalmente se interpreta como un delito que insulta la moralidad general. El término se puede dividir en dos partes: crimen se refiere a un delito punible por ley, y bajeza moral se refiere a una conducta corrupta o degenerada que generalmente insulta la conciencia pública.
Es importante tener en cuenta que esta no es una definición legal establecida. Los estudiosos del derecho han llamado al término "vago", "nebuloso" y "desafortunado". Aunque el término aparece en las leyes, el Congreso ha descuidado definirlo y los tribunales se han negado a considerar la vaguedad inconstitucional.
La depravación moral se ha definido de manera diferente a lo largo de la historia legal estadounidense. En 1990, una de las ediciones anteriores de Black's Law Dictionary declaró que la depravación moral era:
... acto de bajeza, vileza o la depravación en los deberes privados y sociales que el hombre le debe a su prójimo, o a la sociedad en general, en contra de la regla aceptada y consuetudinaria del derecho y el deber entre el hombre y el hombre ".
En Hamden v. Immigration Naturalization Service (1996), el Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito se basó en la definición del Black's Law Dictionary. Los jueces escribieron que "se ha definido como un acto que es per se moralmente reprensible e intrínsecamente incorrecto". Otros tribunales de apelación han utilizado esa definición y definiciones cercanas a la de sus sentencias..
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) tiene su propia definición para el término. El manual de políticas de USCIS lo define como:
"... conducta que conmociona a la conciencia pública por ser inherentemente baja, vil o depravada, contrario a las reglas de la moralidad y los deberes entre el hombre y el hombre, ya sea el prójimo o la sociedad en general".
El Congreso no ha creado una lista de crímenes que entran en la categoría de "depravación moral". El Manual de Asuntos Exteriores del Departamento de Estado de los Estados Unidos dice que los elementos comunes que implican depravación moral son "fraude, hurto e intención de dañar". Cuando se comete un delito contra una persona, generalmente es necesaria una intención maliciosa para que califique como depravación moral. Los siguientes crímenes han caído en la categoría de depravación moral:
La depravación moral ha sido utilizada por la American Bar Association (ABA) y en las licencias médicas como motivo de inhabilitación o revocación. En 1970, la ABA lanzó un Código Modelo de Responsabilidad Profesional que enumeraba "conducta ilegal que implica depravación moral" como motivo de inhabilitación. En 1983, la ABA eliminó el término porque era demasiado amplio y vago. Por ejemplo, un abogado podría ser excluido por adulterio bajo ese término. Los colegios de abogados estatales siguieron las revisiones de la ABA y modificaron sus propios códigos. California es el único estado que aún sigue un código que usa depravación moral.
Aunque el término se eliminó del Código Modelo ABA, la depravación moral todavía se conoce comúnmente como parte de la ley de inmigración.
El Congreso comenzó a excluir a ciertos grupos de individuos de la elegibilidad de inmigración en 1875. Entre 1875 y 1917, el Congreso agregó condenas que podrían excluir a un inmigrante de la elegibilidad. En 1891, el Congreso agregó el término "depravación moral" a la ley de inmigración. La Ley de Inmigración de 1917 introdujo deportaciones para personas condenadas por un "delito de depravación moral". Sin embargo, no fue sino hasta 1952 que la Ley de Inmigración y Nacionalidad permitió exclusión de individuos por cometer, ser declarados culpables o admitir un delito que implique depravación moral. El Departamento de Seguridad Nacional solo puede deportar a alguien si es condenado por este tipo de delito, en lugar de acusado..
Hay antecedentes de casos previos para que los jueces los usen al decidir si un delito es uno que involucra depravación moral. Sin embargo, la interpretación del término depende de la discreción individual, dependiendo del caso..
La Corte Suprema solo ha abordado la constitucionalidad de la depravación moral una vez. En Jordan v. De George (1951), Sam De George, un inmigrante que se enfrenta a la deportación, utilizó una petición de hábeas corpus para preguntarle a la corte si "la conspiración para defraudar a los Estados Unidos de los impuestos sobre los espíritus destilados es un" delito que involucra depravación moral " el significado del § 19 (a) de la Ley de Inmigración de 1917. " La opinión mayoritaria del juez Vinson fue más allá de esta pregunta. El Tribunal dictaminó que el término no era inconstitucionalmente vago porque había estado presente en la ley de inmigración durante más de 60 años, se había utilizado en otros contextos legales y el fraude siempre implica depravación moral "sin excepción".