La visa G-4 permite a una persona extranjera vivir en Estados Unidos para trabajar en una organización internacional como la ONU, el FMI o la OEA.
En comparación con otras visas de trabajo, la G-4 ofrece ventajas notables en materia de límite de tiempo, impuestos y familiares que pueden acompañar a su titular. Tiene cierto parecido con la visa A para diplomáticos pero es diferente.
Los extranjeros con contrato de trabajo en una organización internacional ubicada en EE.UU..
Además, este mismo tipo de visa se otorga a las personas que conforman el hogar familiar de la persona contratada: su cónyuge, los hijos de cualquier edad, los hijos de la pareja y, en algunos casos muy limitados, los padres y otros familiares cercanos.
La visa G-4 es válida por el tiempo que señala la misma. Además, se puede prorrogar sucesivamente sin límite de años. En los 60 días anteriores a la fecha de vencimiento de la visa, tramita su extensión sin necesidad de salir del país.
Se puede transferir de una organización internacional a otra, por ejemplo, de trabajar en Naciones Unidas pasar a ser un empleado del Fondo Monetario Internacional. Para ello debe cancelar con el Departamento de Estado la inscripción con la institución original y registrados con la nueva.
En algunos casos, losfamiliares que acompañan a EEUU a la persona contratada por la organización internacional pueden trabajar. Para ello pueden obtener previamente un permiso de trabajo, que se conoce por las iniciales EAD.
Debe solicitar al USCIS, que solo concede en los casos de nacionales de países que tienen un tratado de reciprocidad con Estados Unidos.
Los permisos de trabajo se aprueban para el cónyuge o pareja, los hijos solteros menores de 21 años, o de 23 si están estudiando un tiempo completo en la universidad. Si tuviesen una minusvalía física o mental no se aplica el límite de edad, siempre y cuando sean solteros.
Por otra parte, los hijos de extranjeros con visa G-4 pueden estudiar la educación primaria y secundaria. Para los recién llegados, estos son las reglas básicas del sistema educativo de los Estados Unidos.
Además, otra de las ventajas de la visa G-4 es que no se tributa en EEUU el impuesto sobre la renta (impuesto sobre la renta) por el salario pagado por la organización internacional.
Una vez que se ha encontrado una organización internacional que ofrece un trabajo al que se puede aplicar, debe obtener que esté de acuerdo en contratar. Una vez que se tiene la oferta de contrato y debe iniciar el proceso ante una oficina consular de los Estados Unidos ...
Si la persona contratada se encuentra en Estados Unidos, también debemos tramitar la visa en un consulado y salir del país para obtenerla, ya que no se puede hacer este trámite dentro del país salvo en casos limitados como el de los estudiantes internacionales con una visa F- 1 en prácticas en la organización internacional que ahora los contrata con una G-4. En estos supuestos podría ser posible cambiar la visa a través del USCIS.
Se debe pedir una cita y los documentos a presentar en el DS-160, un pasaporte válido por el medio año y una carta de la organización internacional, la contratación y las fotos. Como regla general, no es necesario presentar una entrevista y las tasas de la visa no se pagan.