Verificar el estatus del caso de inmigración en Estados Unidos es un derecho de todas las personas con un caso ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés).
En ocasiones la demora puede ser tan grande que uno acaba preguntándose si es que algo va mal o comienza a tener nervios imaginando lo peor y que su caso no va a ser aprobado.
Lo cierto es que casi siempre lo que sucede es que las demoras son muy grandes, particularmente para cierto tipo de trámites. Por ello, en este artículo se explica cómo se puede conocer qué está pasando con la solicitud migratoria por medio de Internet, por teléfono o en persona.
Además, hacia el final del artículo hay un enlace para averiguar los tiempos promedio que están tardando para transmitir solicitudes de familia, naturalizaciones, casos en corte e incluso solicitudes de visas no inmigrantes.
Internet: Por medio de la página oficial USICS https: egov.uscis.gov/casestatus. Se necesita el número de identificación del caso, el cual consta de 13 caracteres (3 letras seguidas por 10 números).
Por teléfono: 1-800-375-5283. Las personas con problemas de audición pueden marcar al 1-800-767-1833.
En persona: Puede presentarse en cualquier oficina migratoria (solo migrantes con estatus legal). Utilice el sistema InfoPass para concertar una cita previamente.
La página de Internet del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) ofrece un servicio en inglés y en español para traducir cómo se va procesando el caso migratorio de cada inmigrante.
Debe introducirse en la casilla correspondiente el número de recibo del caso que se quiere verificar y está compuesto por 13 caracteres. Esto es, tres letras seguidas por diez números. Las letras pueden ser cualquiera de las siguientes: EAC, WAC, LIN, SRC.
Es muy importante que al introducir no se escriba ningún símbolo de guión (-). Sin embargo, si el número incluye otros símbolos, como por ejemplo asteriscos (*), sí deben incluir.
El número que pide la página del USCIS es el que corresponde a un caso migratorio determinado. Se encuentra en el recibo de confirmación que envía a cada inmigrante que realiza una solicitud o solicitud antes de las autoridades migratorias.
En el caso de solicitudes de tarjeta de residencia para un familiar o de visa de prometido (novio o prometido), ese número está en el documento conocido como NOA1.
Después de introducir el número de recibo, presionar la tecla de "verifique el estatus". Se abrirá una pantalla en la que se pueden verificar los pasos por los que ya ha pasado la solicitud del inmigrante y se encuentran aún pendientes.
Cada inmigrante que tiene un caso pendiente con el USCIS puede solicitar que se le envíe al día sobre cómo se va a procesar su solicitud mediante correo electrónico.
Para este caso es preciso crear previamente una cuenta en la página del Servicio de Inmigración presionando en "inscribirse como cliente solicitante". A continuación, debe aceptar los términos y condiciones de uso de este servicio y ya se puede dar de alta en este servicio.
Solo para los casos de los formularios N-400, para solicitar la ciudadanía estadounidense por naturalización, o I-90, la solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente o tarjeta verde, es posible verificar el estatus del caso mediante el denominado e-request . Para poder utilizar este servicio es necesario que ya haya transcurrido el tiempo normal de procesamiento de estos documentos y no tengamos respuesta.
Por ejemplo, en la actualidad para el N-400 está entre 12 y 20 meses, variando enormemente según la oficina encargada para su procesamiento. Por otro lado, para el I-90, de 4 meses a 10 meses y medio. Si este tiempo no tiene noticias, puede plantear su pregunta. Si sigue sin obtener respuesta, debe dejar pasar 30 días antes de volver a pedir una explicación.
Los inmigrantes con estatus migratorio legal pueden verificar el estatus del caso presentándose en las oficinas del USCIS y, esperar en fila a que llegue su turno, preguntar por su caso. O también es posible concertar una cita para un día y una hora en concreto mediante el servicio InfoPass.
Es muy importante que los migrantes indocumentados no se presenten voluntariamente en persona en las oficinas del USCIS ya que pueden ser detenidos. Sin embargo, en los casos en los que han sido previamente citados sí deben presentarse, pero es altamente recomendable que vayan acompañados de abogados migratorios.
Los migrantes también pueden comunicarse con el Servicio de Inmigración por teléfono, marcando al 1-800-375-5283 o al 1-800-767-1833, si sufre algún problema de audición.
Se brinda servicio en inglés y en español. Se puede llamar a cualquier otra para recibir información automatizada, es decir, ofrecida por una computadora. Para hablar con una persona es precisa, realice la llamada en horas de oficina (8am a 6 pm) de lunes a viernes, si el inmigrante se encuentra en cualquiera de los estados de EUA excepto Hawaii (8 am-4pm) o Alaska (8 am-5pm) ).
Recuerde tener una mano toda la información necesaria, como el número de caso, el Número de registro de extranjero, si tiene, el pasaporte o cualquier otro documento que contenga información importante sobre su situación de inmigración en EE.UU..
Después de que el USCIS apruebe una solicitud de visa no inmigrante, si la tramitación debe seguir un procesamiento consular (cuando la persona pedida está fuera de EE.UU. o, si está aquí, no puede ajustar su estatus) la solicitud de pasaje en el Centro Nacional de Visas (NVC, por sus iniciales en inglés).
Y aquí se va a recibir un nuevo número de caso, que es el que se debe utilizar para comunicarse con el NVC. Es muy importante entender, además, en los siguientes casos la tramitación va a quedar "dormida" por un tiempo:
Esto se debe a que es necesario que haya tarjetas de residencia disponibles para la categoría por la que se aplica. Así, es posible obtener la aprobación en unos meses pero tener que esperar incluso años por la tarjeta verde. Una vez que hay número de visa disponible, comienza la fase final de la tramitación.
La disponibilidad de tarjetas de residencia o categorías de visas se puede verificar en el último boletín de visas del Departamento de Estado, para ello hay que tener una mano la fecha de prioridad que aparece en la carta que se conoce como NOA2, y que envió el USCIS.
Por el contrario, las peticiones de ciudadano para cónyuge, hijos solteros menores de 21 años y padres no tienen que esperar, por lo que una vez que lleguen al NVC se procederá a su tramitación sin demora.
Es posible informarse de aproximadamente aproximadamente están demorando los casos similares ante el USCIS que afectan a la oficina de tramitación, visas no inmigrantes, migrantes, NVC e incluso enCorte, etc..
Además, en casos de demoras más allá de lo habitual para el mismo tipo de casos, se puede demandar mediante lo que se conoce como un mandamiento de mandamus. Para ellos, consultar antes con un abogado.
Para obtener más información sobre teléfonos o páginas webs en los que acudir para encontrar información oficial, denunciar fraudes migratorios o encontrar asesoría legal a buen precio y reputación se puede consultar esta lista importante de recursos para migrantes.
Este es un artículo meramente informativo. No es asesoría legal.