Tiempo de permanencia en EE. UU. Con visa J-1 entrar, salir y fin programa

Las visas J-1 permiten participar cada año a más de 300.00 extranjeros programas de intercambio de estudio y trabajo en Estados Unidos. Sus titulares deben seguir reglas especiales para mantener su estatus migratorio legal en el país.

¿Cuándo se puede ingresar a Estados Unidos con una visa J-1??

Los extranjeros con una visa J-1 pueden ingresar a Estados Unidos un máximo de 30 días antes del comienzo de su programa.

La fecha exacta del inicio del mismo puede encontrarse en el documento conocido como DS-2019, que ha sido entregado por la institución que patrocina la visa y que ya ha utilizado para solicitar el visado.

Aunque se puede entrar a EE.UU. antes de la fecha de inicio del programa está prohibido realizar ninguna actividad relacionada con el mismo antes del día oficial de inicio.

¿Por cuánto tiempo se puede permanecer en EE.UU. con una visa J-1?

Se puede permanecer legalmente durante el tiempo de duración del programa que se realiza en Estados Unidos. Los tiempos máximos determinados según el tipo de programa por el que se obtuvo la visa J-1.

Por ejemplo, los estudiantes entre 15 y 18 años y medio que participan en un programa de intercambio de estudio en un escuela secundaria están limitados a un año.

Los estudiantes internacionales pueden estudiar en EE.UU. con otras visas, además de la J-1 como, por ejemplo, la F-1 o la F-3.

Sin embargo, pueden emitir visas J-1 por un máximo de cinco años-incluidas las prórrogas- para maestros de primaria y secundaria, profesores universitarios, investigadores y extranjeros con habilidades especiales

Los médicos en programas de entrenamiento reciben visas por un tiempo suficiente para completar su programa, si bien se limita a un máximo de siete años, salvo casos excepcionales.

Otro caso a destacar es el de los visitantes internacionales en programas de intercambio cultural, nuestras visas se emiten por un máximo de un año, al igual que el de niñeras, el cual puede extenderse por otros 12 meses más.

¿Puede solicitarse la extensión de la estadística en Estados Unidos??

En casi todos los casos será posible que el patrocinador de la visa solicite para un extranjero participante una extensión.

Los límites a las extensiones vienen dados por la propia naturaleza del programa y, en algunos casos, los límites impuestos al patrocinador.

¿En cuánto tiempo se debe salir de Estados Unidos??

Una vez que finaliza el programa, según las fechas del DS-2019, el titular de una visa J-1 tiene 30 días para salir de Estados Unidos. Durante ese mes no puede trabajar ni estudiar pero puede viajar por el país.

No es recomendable salir a países vecinos como Canadá o México con la intención de regresar a Estados Unidos antes de regresar definitivamente al país de origen porque pueden negar el ingreso en el paso migratorio hacia Estados Unidos.

¿Qué pasa si el programa finaliza antes del plazo previsto en el DS-2019??

Por motivos muy diversos, el programa puede finalizar antes de lo previsto. Por ejemplo, de mutuo acuerdo entre el visitante con la visa y la organización de acogida o, más probablemente, porque una de las dos partes no está contenta.

Razones por las que el patrocinador puede finalizar el programa

Si el titular de una visa J-1 no cumple con los requisitos de su programa o del patrocinador, puede finalizar su participación en el mismo. Las razones son diversas, por ejemplo:

  • Incapacidad para completar el programa
  • No participar en el programa
  • Trabajo no autorizado
  • Falta de seguro médico, según lo requerido por la ley.

¿Cuándo debe salirse de EE.UU. en estos casos?

No importa quien tome la decisión de ponerle fin al programa de intercambio - si el visitante o la parte patrocinadora-. Lo que es fundamental es entender que debe salirse inmediatamente de EE.UU., a menos que se haya obtenido previamente una autorización para transferir a otro patrocinador de la visa.

La ley no lo especifica muchos días exactos puede permanecer en EE.UU. Una vez que termina el programa antes de lo previsto, pero se llega a entender el tiempo estrictamente necesario para comprar boleto y cerrar esa experiencia en Estados Unidos. Por ejemplo, cancelar cualquier contrato que pueda tener problemas de programación, como el teléfono, vivienda, etc..

Si considera que no se ha dejado Estados Unidos inmediatamente puede verso negativamente afectado la posibilidad de regresar al país.

Regresar a EE.UU. cuando se ha terminado el programa anticipadamente

La organización patrocinadora de la visa J-1 está obligada el fin anticipado del programa a través del sistema SEVIS. Pueden suceder dos cosas:

  • Si se notifica un programa final para visitante de intercambio y se sale a tiempo lo más probable es que no haya consecuencias negativas.
  • Pero se puede notificar un terminar el visitante de intercambio.

Eso último suele darse en casos graves como, por ejemplo, trabajar en un lugar no autorizado, cometer un delito o falta, tomar drogas, no tener al día los pagos del seguro médico, etc..

En este último caso es muy probable que tenga en cuenta a la hora de determinar si se puede obtener otra visa en el futuro, tanto de esta categoría como de otra.

Restablecimiento de la visa

En casos particulares puede volver a establecer la visa J-1, que es lo que se conoce en inglés como reinstalación.

Puede darse cuenta cuando el programa se ha interrumpido o finalizado por alguna causa como, por ejemplo, enfermedad, o cuando el titular de la visa J-1 ha permanecido en EE.UU. más tiempo del autorizado, según el DS-2019.

Deberá consultar en cada caso individual si es posible esta solución.

Tiempos de permanencia en EE.UU. con visa J-1 de intercambio

DS-2019: documento que señala fecha de inicio y final del programa.

Entrada a EE.UU.: máximo de 30 días antes del inicio del programa

Salida de EE.UU.: máximo de 30 días desde la fecha finalización ordinaria del programa

Finalización anticipada: debe salirse inmediatamente.

Fuente:

  • departamento de estado de los Estados Unidos, Departamento de Estado de EE. UU., Https://j1visa.state.gov/

Este es un artículo informativo. No es asesoría legal.