Si no se siente cómodo hablando en inglés y tiene que realizar alguna gestión migratoria en ese idioma o presentar una entrevista o vista no se preocupe, ya que existen soluciones sencillas según el caso.
Este artículo trata de cómo resolver el problema del poco conocimiento de inglés que puede surgir en cuatro situaciones:
Excepto en los casos muy concretos en los que se pide una traducción realizada por un traductor jurado y / o notarizada es suficiente una traducción certificada.
Esto quiere decir que es buena una realizada por cualquier persona que hable y escriba con fluidez el inglés y el idioma del que traduce, generalmente el español. Este es un modelo de carta que se puede seguir para certificar dicha traducción.
Esto es importante porque puede facilitar importante ahorro de dinero.
Son muchos los ejemplos en los que el USICS puede citar para una entrevista. Como por ejemplo:
En estos casos, aunque puede ser el oficial a cargo de un caso sea bilingüe, eso no tiene que ser así.
El USCIS no proporciona intérpretes para traducir del español al inglés y viceversa. Por esta razón si se ha citado y no se siente cómodo hablando en inglés, usted puede llevar a cabo una interpretación para que traduzca las preguntas y también sus respuestas.
El USCIS permite realizar la labor de intérprete para las entrevistas a:
Lo más conveniente es que el traductor sea un ciudadano americano o un residente permanente legal, y no un amigo que está en Estados Unidos con una visa de turista, por ejemplo. Ya que en estos casos es posible que el oficial de inmigración decida que no lo acepta como intérprete.
Asimismo, los inmigrantes indocumentados deben abstenerse de pisar voluntariamente en un edificio federal, particularmente los de inmigración, ya que pueden ser detenidos. Por lo tanto, no es conveniente que brinden sus servicios de traductor a un familiar o amigo.
Además, otro requisito es la persona que tiene de traducir del inglés al español y viceversa tiene que tener como mínimo los 18 años de edad cumplidos.
Por último, tener en cuenta que aunque no hay una regla definitiva sobre el asunto, lo cierto es que en los casos de entrevistas a matrimonios El oficial de inmigración no puede permitir que un esposo bilingüe traduzca para el que no habla inglés. La razón es que podría ser más difícil detectar si se trata de un matrimonio de conveniencia.
En este caso, la Corte sí que brinda un servicio gratuito de intérpretes. Es posible que la persona que va a realizar este servicio esté presente en la sala o, muy probablemente, esté en otra parte y la comunicación se tenga que realizar por teléfono.
Por el contrario, las cortes migratorias no facilitan la presencia de abogados de oficio para defender a los migrantes. Son estos los que deben procurarse uno o defenderse a sí mismos, quedando claro que las estadísticas tienen una gran diferencia en resultados siendo mejores cuando los migrantes son representados por abogados.
Es muy importante no firmar ningún documento que no se entienda. Este es un derecho de todas las personas, incluidos los migrantes indocumentados.
Si hay algo que no se entiende, solicitar un abogado.
No es necesario llevar a cabo el traductor ni las entrevistas para solicitar visas no inmigrante como las visas de inmigrante. La razón es que todos los consulados y Embajadas de los Estados Unidos cuentan con trabajadores bilingües.
En resumen, la falta de conocimiento de inglés se puede arreglar de las formas explicadas en este artículo.
Este artículo es solo informativo. No es asesoría legal para ningún caso concreto