El ajuste de estatus es un trámite migratorio muy ventajoso que permite una persona que se encuentra en Estados Unidos sacar la tarjeta de residencia permanente (tarjeta verde) sin necesidad de salir del país. Lamentablemente no todos los migrantes pueden solicitarlo.
Por la importancia del ajuste migratorio, también conocido por sus iniciales en inglés de AOS, en este artículo se explican los problemas son sus ventajas, quiénes pueden solicitarlo, cómo se tramita la solicitud y cuáles son las alternativas para los casos en los que no es posible.
El AOS brinda dos grandes beneficios:
Pueden hacerlo los migrantes que se encuentran en alguna de las siguientes categorías:
Los familiares inmediatos de un ciudadano americano: esposo, mujer, padres, madres e hijos menores solteros de 21 años si están legalmente en EE. UU..
Sin embargo, no se puede solicitar si han ingresado al país ilegalmente sin pasar por un control de migración en una aduana. Esto es muy importante porque impide sacar la tarjeta verde sin salir de Estados Unidos a cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos estadounidenses que llegaron al país cruzando ilegalmente la frontera.
En este caso hay limitaciones limitadas, como el caso de familiares de militares por aplicación del programa Parole in Place (PIP).
Por otra parte, los hijos casados, los hijos solteros mayores de 21 años y los hermanos de ciudadanos americanos y los cónyuges e hijos de cualquier edad de residentes permanentes solo pueden ajustar su estatus en EE. UU. si están legalmente en el país, y debido a los tiempos de demora solo en casos excepcionales será posible.
Finalmente, los prometidos de ciudadanos americanos y los hijos de aquellos que han entrado a Estados Unidos con visas K-1 y K-2 respectivamente. Se requiere que el matrimonio se contraiga en los 90 días siguientes a haber ingresado al país. Es muy importante tener en cuenta que la boda se tiene que celebrar entre la persona pedida y el que la pide. No se puede cambiar de novio / a.
Otro ejemplo de posibilidad de sacar la tarjeta verde por ajuste de estatus tiene lugar cuando empresas y otras instituciones americanas como por ejemplo ONGs o universidades solicitar tarjetas de residencia para trabajadores y profesionales extranjeros.
Si la solicitud es aprobada se procederá a solicitar su ajuste de estatus, siempre y cuando estén legalmente en el país.En otras palabras, ninguna empresa puede patrocinar una tarjeta verde por razones de trabajo a un migrante que está en Estados Unidos conestatus de indocumentado, tanto si esa situación es porque entró ilegalmente o porque no salió a tiempo del país.
En ciertos casos, se permite que cuando se tramita un ajuste de estatus para una persona que se puede extender la petición a su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años.
Las personas a las que se le ha aprobado la condición de asilado podrán cumplir el añoa contar desde esa fecha solicitar por sí mismos el ajuste de estatus. Es necesario que se cumplan los siguientes requisitos:
Asimismo, podrá solicitar este beneficio migratorio tras residir en Estados Unidos por un año tras haber ingresado al país como refugiados.
Para las personas con pasaporte cubano aplica la ley conocida de Ajuste Cubano. Pero tener en cuenta que ya no está en aplicación la política de pies secos, pies mojados.
Con Ajuste Cubano se puede solicitar el ajuste de estatus traspasar un año y un día viviendo en Estados Unidos pero se tiene que haber ingresado legalmente.
Los cónyuges y los hijos solteros de cualquier edad de un cubano pero que tengan otra nacionalidad pueden también pedir el ajuste de estatus traspasar 365 días en Estados Unidos si ingresaron legalmente.
Los extranjeros que han vivido en Estados Unidos de manera continua desde el 1 de enero de 1972 y pueden demostrarlo pueden solicitar un ajuste de estatus. Es lo que se conoce como residencia por el registro.
También pueden solicitar el ajuste de estatus los migrantes que han recibido una visa U por víctima de violencia o una visa T por tráfico humano si han vivido en los Estados Unidos por al menos por 3 años desde que recibieron esa visa.
En el caso de víctimas de violencia doméstica que se han regularizado mediante el programa VAWA y tienen una petición I-360 aprobada, pueden pedir el ajuste de estatus inmediatamente si son cónyuges de ciudadanos.
Por el contrario, si son cónyuges de residentes deben esperar que llegue su fecha de prioridad. Esta puede ser la del I-360 o, si su cónyuge les había pedido previamente, la del I-130.
En casos de deportación un juez de inmigración puede decidir conceder un ajuste de estatus a un inmigrante extranjero. Esta es una de las formas de alivio con las que se puede luchar frente a la deportación.
En ocasiones, una corte americana puede decidir que un menor extranjero no puede vivir con sus padres por razones de abuso, negligencia o abandono y establece que es en interés del muchacho permanecer en Estados Unidos.
Estos casos se encuentran como inmigrantes juveniles especiales (SIJ, siglas en inglés) y se permite que estos menores soliciten un ajuste de estatus para sí mismos.
Siempre en los términos que disponga la ley, los extranjeros que colaboren con los Ejércitos americanos pueden, en determinadas circunstancias, solicitar un ajuste de estatus.
En estos momentos se concede este beneficio a traductores e intérpretes afganos e iraquíes.
En algunos estados las personas en trámites para ajustar su estatus son consideradas PRUCOL y se les reconoce algunos beneficios sociales. Los requisitos específicos según el estado y según el tipo de beneficio.
La planilla a llenar es la I-485. Hay que enviarla debidamente cumplimentada, con el pago de la tarifa y documentación adicional necesaria.
En cuanto al momento, depende del caso. Por ejemplo, si se trata de familiares inmediatos (cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres) de ciudadanos estadounidenses puede enviar junto con la solicitud cuando se llena el I-130.
Pero en los casos en los que existe un tope anual por categoría hay que esperar a lo que se conoce como fecha al corriente. Para eso hay que consultar todos los meses el boletín de visas.
Es posible que el USCIS no apruebe la solicitud de ajuste de estatus. En estos casos, chequea si puedes apelar su decisión. Asimismo, si se retrasa en dar una respuesta más allá de lo que es habitual para este tipo de trámite, consulte con un abogado si procede demandar mediante un escrito de mandamus.
También es muy importante tener en cuenta que si se inicia un proceso de ajuste de estatus no se debe salir de Estados Unidos sin pedir previamente una autorización conocida como avance parole.
Cuando no se puede ajustar el estatus de la opción es salir de Estados Unidos e ir a través de lo que se conoce procedimiento consular.
El gran problema con esto surge cuando se ha estado ilegalmente en los Estados Unidos por más de 180 días porque aplica el castigo de los 3 y de los 10 años, si bien hay casos de casos.
Es cierto que en algunos casos es posible solicitar un perdón, también conocido como renuncia o permiso.
Pero las estadísticas indican que no es fácil obtenerlo. Por esta razón es muy importante conocer las opciones para el caso de cada uno y si hay un riesgo real de quedarse fuera de los Estados Unidos por muchos años.