Cómo notificar a USCIS el cambio de dirección

El deber de notificar a todos los cambios de dirección al Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por sus siglas en inglés) afectadamente a todos los extranjeros presentes en Estados Unidos.

En este artículo, se explican quiénes están obligados a notificar el cambio de domicilio, cómo se hace y los problemas son las consecuencias si se incluyen con esa obligación. Finalmente, se explica cómo notificar el cambio de dirección a una corte migratoria cuando se tiene un asunto pendiente.

Extranjeros obligados a notificar cambio de dirección a USCIS

La obligación de notificar el cambio de dirección en el plazo de 10 días a contar desde que se hizo la mudanza aplica a todos los extranjeros presentes en Estados Unidos excepto:

  • Diplomáticos con visa A
  • Representantes en organizaciones internacionales como la ONU o la OEA con visa G
  • Turistas que ingresaron sin visa por un tiempo no superior a los 30 días

Además, por razones evidentes, los migrantes indocumentados que NO tienen ningún asunto pendiente con USCIS no están obligados ni deben notificar sus domicilios o mudanzas.

Cómo se notifica el cambio de dirección a USCIS

La notificación de cambio de domicilio sigue tres reglas distintas según las características migratorias del extranjero.

En primer lugar, las personas que tienen pendientes o recientemente aprobada una de las solicitudes siguientes:

  • Petición I-360 para VAWA, viudos, inmigrantes especiales o amerasiáticos
  • Petición I-914 para la visa T de víctimas de tráfico humano
  • Petición I-918 para la visa U de víctimas de violencia
  • Petición I-765V para permiso de trabajo de cónyuge abusado de no inmigrante
  • Petición I-485 para ajuste de estatus SOLO caso de cónyuge abusado en aplicación de Ley de Ajuste Cubano.

En todos esos casos, el extranjero debe llenar el formulario de papel AR-11 y enviarlo a:

USCIS
Centro de servicio de Vermont
75 Lower Welden Street
St. Albans, VT 05479-0001

En el segundo lugar, los extranjeros con casos pendientes que no están incluidos en el apartado anterior deben notificar a USCIS el cambio de domicilio y también al centro local que estará tramitando su petición. Puede hacerse de dos maneras:

  1. Enviando un formulario de papel USCIS AR-11 y marcando al 1-800-375-5283. Son imprescindibles los dos pasos.
  2. Notificando en línea el cambio de dirección. En este caso, solo es necesario un paso porque al terminar de llenar el formulario se puede elegir la opción de continuar para notificar al centro que está tramitando la petición pendiente.

En tercer lugar, todos los extranjeros que no tienen ninguna petición pendiente con USCIS pueden notificar el cambio de domicilio en línea o por correo ordinario empleando la planilla AR-11, cualquier forma es válida pero solo se debe utilizar una.

En el caso de estar presente en Estados Unidos con una visa de estudiante internacional tipo F-1 o una visa de intercambio J-1 -o la J-2 de dependientes- la notificación del cambio de dirección puede hacerse contactando con la oficina que lleva asuntos de visas en la institución que la solicitó, generalmente es la Oficina de Asuntos Internacionales, pero puede ser otra variable de la institución. El cambio se hará modificando los datos en el Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS, por sus iniciales en inglés).

La obligación debe cumplirse cada vez que el extranjero se mude.

¿Cuál es la penalidad por no notificar a USCIS el cambio de dirección?

La ley dice que no cumplir con esa obligación es una faltadelito, en inglés) que puede ser castigada con una multa de $ 200 y un máximo de 30 días en prisión.

Además, es decisión del USCIS si decide deportar a quien no ha cumplido con esta obligación. Para esto último, y en el caso de los residentes permanentes legales, el USCIS requiere que pueda demostrar que no se notificó el cambio de domicilio de forma intencional y sin excusa.

2 consejos sobre cambio de dirección

En primer lugar, si se encuentra en Estados Unidos con una visa o se tiene una petición migratoria pendiente, es altamente recomendable guardar una copia de todos los avisos de cambio de domicilio que se hacen los USCIS. Si se hace en línea en la página de USCIS se pueden guardar pantallazos de todas las páginas cuando se está cubriendo el formulario. 

En segundo lugar, si está esperando la tarjeta de residencia, si es posible, trate de no mudarse hasta que tenga en mano la tarjeta verde. El USCIS envía por correo y si llega a la dirección antigua para recuperar será necesario llenar el formulario I-90 de reemplazo de tarjeta.

Además, si el Servicio de Correos no se la devuelve a USCIS será necesario, no solo llene el formulario I-90, sino que también recibirá el pago de la nueva tarifa de $ 455, según las tarifas actuales, más $ 85 por la toma de datos biométricos.

Cambio de dirección con Corte Migratoria

Diferente a la obligación de notificar al USCIS es la de notificar a la Corte Migratoria y que afecta solo a los extranjeros en Estados Unidos que tienen un procedimiento pendiente ante la Corte o ante el Tribunal de Apelaciones Migratorias (BIA, por sus iniciales en inglés).

En este caso tiene la obligación de notificar en un plazo de cinco días sin solo el cambio de domicilio, sino también el número de teléfono. Solo se admite realizar la notificación en un documento oficial de la Oficina Ejecutiva de Revisión Migratoria (EOIR, por sus iniciales en inglés).

Una vez que se completa los datos, debe doblarlo y sellarlo siguiendo las instrucciones, ponerle un sello y enviarlo. Esta planilla se convierte en un sobre e incluye la dirección del destinatario.

Este es un artículo informativo. No es asesoría legal.