Todos las personas extranjeras que se encuentran presentes en Estados Unidos pueden ser deportadas o expulsadas si comenten ciertos delitos o violaciones migratorias o de alguna forma incluida cualquiera de las leyes de los Estados Unidos.
Es decir, la remoción puede afectar tanto a inmigrantes indocumentados como extranjeros con visas temporales no inmigrantes como a residentes permanentes legales que tienen una tarjeta de residencia, también conocidos como tarjeta verde.
En este artículo se explican las dificultades migratorias y qué se puede hacer si las autoridades migratorias inician un procedimiento para la deportación de una persona.
Obviamente, si ninguna autoridad se da cuenta de que la ha hecho, no va a pasar nada. Pero si te agarran, frecuentemente de las circunstancias del problema, te pueden deportar o expulsar automáticamente.
Si ya estás fuera de Estados Unidos, no te van a dar ningún tipo de visa o documento para ingresar legalmente al país, porque se considera inadmisible, salvo casos muy concretos en los que se puede pedir un perdón.
Las siguientes, entre otras, se consideran ciertas migratorias:
1. Ingresar a Estados Unidos ilegalmente 1 vez: esto es, cuando se entra sin pasar por el debido control de las autoridades de Inmigración en un puesto fronterizo terrestre, puerto o aeropuerto. Para haber ingresado legalmente es preciso que un oficial de la CBP (policía fronteriza) nos dé el OK como admitido (admitido) o parole. Hay que tener en cuenta que ingresar más veces o después de haber sido deportado producir efectos más complicados.
2. Quedarse en Estados Unidos más tiempo del permitido: eso es lo que se conoce como permanecer demasiado tiempo. Sucede con las visas no inmigrante tipo turista, estudiante, intercambio, etc. (mucho cuidado con confundir la fecha de vencimiento del día con el día para salir de Estados Unidos. Son dos cosas muy distintas). También afecta a las personas que sufren en un país que puede venir a Estados Unidos como turista sin visa (estos últimos solo pueden estar 90 días corridos, ni uno más).
Relacionado con este punto hay que tener en cuenta que es posible ser removido de Estados Unidos cuando se tiene el permiso de días de estancia y está pendiente de una solicitud de extensión pedida dentro de plazo. Estos son casos raros, pero si es posible.
3. Ser un fugitivo migratorio: es decir, una persona que tiene una orden de deportación y no venta de Estados Unidos para cumplirla (es posible tener una orden de deportación y no saberlo, así te puedes enterar). También tenemos dentro de esta categoría todos los extranjeros que tienen una cita para presentarse ante un oficial del ICE y no lo hacen y se les declara la deportación en ausencia. Los fugitivos migratorios son un objetivo prioritario para ser deportados.
4. Violar las condiciones de la visa: en este apartado pueden darse diferentes comportamientos. Por ejemplo, trabajar con una visa de turista, no ir a clases cuando se tiene una visa de estudiante, utilizar la visa de turista en vez de la estudiante, no abandonar Estados Unidos inmediatamente cuando el empleador en una visa J-1 de intercambio pone fin a la relación laboral, etc..
5. Matrimonio de conveniencia: cuando se obtiene la residencia por matrimonio y esta finalización por anulación o divorcio antes de que transcurran dos años desde la fecha en la que el cónyuge extranjero ingresó a Estados Unidos con una visa de inmigrante u otro documento emitido por razón de ese matrimonio.
6. Finalizar la residencia condicional sin convertirla en permanente: Esto sucede en dos situaciones: En primer lugar, si obtienes la tarjeta de residencia por matrimonio y desde el día de la boda hasta el día en que te conviertes en residente han transcurrido menos de dos años, entonces tu residencia es condicional.
Y hay que esperar dos años desde el día en que se puede obtener la residencia para convertirla en definitiva. Pero si no se produce ese levantamiento de la condicionalidad porque el matrimonio ha finalizado, porque el cónyuge americano se niega a firmar o por otras razones, entonces debes abandonar Estados Unidos (a menos que por otra causa puedas quedarse legalmente). Esto también es así para tus hijos que obtuvieron su tarjeta de residencia también condicional, en virtud de tu matrimonio.
Y ensegundo lugar, si obtienes la tarjeta de residencia por inversión, tú, tu cónyuge y tus hijos tienen una residencia condicional por dos años. Si no se cumplen las condiciones para levantar la condicionalidad de la residencia tienes que dejar Estados Unidos. Si te quedas estarás cometando una violación migratoria.
7. Contrabando de personas, lo que en las leyes de inmigración se conoce como contrabando. Te pueden acusar de esto si has ayudado, asistido o incluso simplemente animado a que ingrese o intente ingresar ilegalmente a los Estados Unidos. Si bien hay importantes preocupaciones y formas de lucha contra una acusación de contrabando de personas.